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La Ley Orgánica 2/2018, de 5 de diciembre, expulsó del ordenamiento jurídico español la facultad legal de jueces y tribunales de privar del derecho de sufragio activo a las personas con la capacidad modificada judicialmente, una medida que llega excesivamente tarde.
El trabajo investiga las razones por las que los tres Poderes del Estado denegaron este derecho fundamental a lo largo del periodo democrático.
Para ello, se analiza la normativa nacional e internacional pertinente, así como las patentes contradicciones existentes en la jurisprudencia española sobre este asunto. Finalmente, se reflexiona sobre dos de las cuestiones esenciales a estudiar tras el levantamiento de la denegación del derecho de voto: la necesaria igualdad material en aras de inhibir cualquier posibilidad de abuso y la posible responsabilidad patrimonial por parte del Estado.
Autor
David Edgar Araiz Huarte
Grado
Grado en Derecho
Universidad
Universidad Pública de Navarra (UPNA)
Curso académico
2019-2020
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